Los derechos y la igualdad en los tiempos que corren
La igualdad entre géneros está en el centro mismo de los derechos humanos y los postulados de la ONU.
Un principio fundamental de la Carta de las Naciones Unidas, aprobada por los países del mundo en el año 1945, es “derechos iguales para mujeres y hombres”.
A su vez, se reafirma la protección y el fomento de los derechos humanos de las mujeres como responsabilidad de todos los Estados.
Sin embargo, si observamos el contexto mundial actual, podemos notar cómo todavía distintos movimientos de organizaciones civiles -mayoritariamente integradas por mujeres- desarrollaron acciones y campañas para la toma de conciencia sobre la desigualdad de género y la promoción de un real empoderamiento, en todos los aspectos que hacen a la vida y la plenitud de una persona.
Las distintas formas que adopta la desigualdad, reconocida en indicadores vinculados a las brechas salariales, asignación de tareas, trabajos no reconocidos, accesos a espacios de definición y poder -representación paritaria- y situaciones de violencia física y psíquica de género, dan prueba que la vulneración de estos derechos sigue siendo una realidad cotidiana y socialmente establecida.
En definitiva, lo que queda de manifiesto en estos hechos es que la desigualdad persiste en estos tiempos modernos, aún cuando los organismos internacionales y los Estados reconozcan su natural validez.
Parecería que los elementos simbólicos y pragmáticos de la inequidad adoptan distintas formas en la historia, pero ésta continúa como una problemática transversal de las sociedades.
Ésto nos lleva a reflexionar: ¿de qué hablamos cuando nos referimos a igualdad de géneros y derechos? ¿Existe realmente una intención política-institucional de alcanzar una sociedad igualitaria? Nuestras sociedades modernas, ¿están abiertas a erradicar la desigualdad entre géneros o es un simple prelado de los tiempos que vivimos?
Una primera premisa que debería ser contemplada ante la elaboración de cualquier política pública vinculada al tema es el fomento de la cultura del respeto y la equidad.
Es claro que son necesarias políticas públicas que garanticen, por ejemplo, el respeto a la o el individuo en el entorno laboral, promoviendo acciones que los equipare en el acceso a oportunidades y beneficios, o la asignación de roles.
Donde, entonces, las mujeres puedan conciliar los aspectos públicos y privados de su vida para poder cumplir de la misma forma que los hombres sus expectativas de crecimiento profesional y personal.
Es decir, políticas que rompan con los estereotipos y fomenten cambios no sólo en términos de oportunidades, sino también en el orden de lo simbólico y la construcción de identidad, es decir, cambios culturales.
De acuerdo a la Declaración Universal de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU), del año 1948, la igualdad se entiende como un derecho intrínseco de todas y todos.
Las democracias modernas deberían pregonar por el respeto de este derecho, en su calidad de herramienta representativa del conjunto de la sociedad. De la misma forma, el Estado tendría que promover la igualdad como un cimiento fundamental de su estructura programática.
Boaventura de Sousa Santos, en su texto "Hacia una concepción multicultural de los derechos humanos” plantea cómo lograr que el contenido y las luchas por los derechos humanos, nacidas en buena parte con los supuestos hegemónicos de los sistemas internacionales de derechos, puedan convertirse efectivamente en procesos anti-hegemónicos y de resistencia.
En ese sentido, en Uruguay la Ley N° 18.104, del año 2007, manifiesta su expreso interés por las actividades encaminadas al logro de la igualdad y encomienda al Estado adoptar políticas públicas con perspectiva de género.
De todas formas, es ineludible que debemos continuar trabajando para hacer de la igualdad entre géneros una realidad latente, donde los cambios culturales estén amparados por legislaciones efectivas.
Donde, por ejemplo, no exista un 30% de mujeres a nivel mundial que sufran situaciones de violencia de género. O donde no se les nieguen derechos básicos vinculados a su salud sexual y reproductiva.
Para garantizar de manera real los derechos de las mujeres es preciso una comprensión cabal de cómo funcionan las estructuras sociales, las relaciones de poder y los núcleos vinculares más pequeños, como la familia y la comunidad.
Y, finalmente, tomar conciencia para cambiar los nocivos estereotipos donde no se establezcan dogmas del deber ser para un género respecto al otro.
Gastón Lepra
Un principio fundamental de la Carta de las Naciones Unidas, aprobada por los países del mundo en el año 1945, es “derechos iguales para mujeres y hombres”.
A su vez, se reafirma la protección y el fomento de los derechos humanos de las mujeres como responsabilidad de todos los Estados.
Sin embargo, si observamos el contexto mundial actual, podemos notar cómo todavía distintos movimientos de organizaciones civiles -mayoritariamente integradas por mujeres- desarrollaron acciones y campañas para la toma de conciencia sobre la desigualdad de género y la promoción de un real empoderamiento, en todos los aspectos que hacen a la vida y la plenitud de una persona.
Las distintas formas que adopta la desigualdad, reconocida en indicadores vinculados a las brechas salariales, asignación de tareas, trabajos no reconocidos, accesos a espacios de definición y poder -representación paritaria- y situaciones de violencia física y psíquica de género, dan prueba que la vulneración de estos derechos sigue siendo una realidad cotidiana y socialmente establecida.
En definitiva, lo que queda de manifiesto en estos hechos es que la desigualdad persiste en estos tiempos modernos, aún cuando los organismos internacionales y los Estados reconozcan su natural validez.
Parecería que los elementos simbólicos y pragmáticos de la inequidad adoptan distintas formas en la historia, pero ésta continúa como una problemática transversal de las sociedades.
Ésto nos lleva a reflexionar: ¿de qué hablamos cuando nos referimos a igualdad de géneros y derechos? ¿Existe realmente una intención política-institucional de alcanzar una sociedad igualitaria? Nuestras sociedades modernas, ¿están abiertas a erradicar la desigualdad entre géneros o es un simple prelado de los tiempos que vivimos?
Una primera premisa que debería ser contemplada ante la elaboración de cualquier política pública vinculada al tema es el fomento de la cultura del respeto y la equidad.
Es claro que son necesarias políticas públicas que garanticen, por ejemplo, el respeto a la o el individuo en el entorno laboral, promoviendo acciones que los equipare en el acceso a oportunidades y beneficios, o la asignación de roles.
Donde, entonces, las mujeres puedan conciliar los aspectos públicos y privados de su vida para poder cumplir de la misma forma que los hombres sus expectativas de crecimiento profesional y personal.
Es decir, políticas que rompan con los estereotipos y fomenten cambios no sólo en términos de oportunidades, sino también en el orden de lo simbólico y la construcción de identidad, es decir, cambios culturales.
De acuerdo a la Declaración Universal de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU), del año 1948, la igualdad se entiende como un derecho intrínseco de todas y todos.
Las democracias modernas deberían pregonar por el respeto de este derecho, en su calidad de herramienta representativa del conjunto de la sociedad. De la misma forma, el Estado tendría que promover la igualdad como un cimiento fundamental de su estructura programática.
Boaventura de Sousa Santos, en su texto "Hacia una concepción multicultural de los derechos humanos” plantea cómo lograr que el contenido y las luchas por los derechos humanos, nacidas en buena parte con los supuestos hegemónicos de los sistemas internacionales de derechos, puedan convertirse efectivamente en procesos anti-hegemónicos y de resistencia.
En ese sentido, en Uruguay la Ley N° 18.104, del año 2007, manifiesta su expreso interés por las actividades encaminadas al logro de la igualdad y encomienda al Estado adoptar políticas públicas con perspectiva de género.
De todas formas, es ineludible que debemos continuar trabajando para hacer de la igualdad entre géneros una realidad latente, donde los cambios culturales estén amparados por legislaciones efectivas.
Donde, por ejemplo, no exista un 30% de mujeres a nivel mundial que sufran situaciones de violencia de género. O donde no se les nieguen derechos básicos vinculados a su salud sexual y reproductiva.
Para garantizar de manera real los derechos de las mujeres es preciso una comprensión cabal de cómo funcionan las estructuras sociales, las relaciones de poder y los núcleos vinculares más pequeños, como la familia y la comunidad.
Y, finalmente, tomar conciencia para cambiar los nocivos estereotipos donde no se establezcan dogmas del deber ser para un género respecto al otro.
Gastón Lepra
Comentarios
Publicar un comentario